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Vuelo suprimido

IB922 DSS – Madrid, cancelado el 24 de octubre de 2026

El 24 de octubre de 2026 se suprimió el vuelo IB922 DSS–MAD. Según el EU261, la clave está en la antelación del aviso y en el vuelo alternativo que te dieron.

  • DSS (DSS) → Madrid Barajas (MAD)
  • Suprimido por la aerolínea
  • Comprobación gratis; solo pagas si cobras

No llegó a operar

—

La cifra varía según los kilómetros volados, la hora real de llegada y, si hubo cancelación, la antelación del aviso.

¿Se puede reclamar por la cancelación del IB922?

El 24 de octubre de 2026, Iberia suprimió el vuelo IB922 entre DSS y Madrid Barajas. Según el Reglamento (CE) n.º 261/2004, los pasajeros pueden tener derecho a dinero si les avisaron con menos de dos semanas (14 días) y el vuelo que les ofrecieron no aterrizó cerca del horario previsto. Las pantallas del aeropuerto no muestran en qué fecha se informó a los viajeros.

Indemnización por vuelo cancelado · Guía del EU261

Datos del vuelo

Lo que mostraban las pantallas sobre este vuelo

Recogido en directo de las pantallas de ambos aeropuertos, tanto en salidas como en llegadas. Horas en UTC.

Número de vuelo
IB922
Operado por
Iberia
Fecha del vuelo
24 de octubre de 2026
Trayecto
DSS → MAD
Aeropuerto de salida
DSS (DSS)
Aeropuerto de llegada
Madrid Barajas (MAD)
Salida programada
02:05 UTC
Llegada programada
02:05 UTC
Resultado
Cancelado
Norma aplicable
EU261
Incidencias de Iberia en esta ruta
Vuelos afectados registrados: 1

Derechos del pasajero

Tu reclamación por un vuelo cancelado

Qué dice la ley

Según el EU261, una cancelación avisada con menos de 14 días puede suponer de 250 € a 600 € por pasajero, salvo que la alternativa ofrecida cumpla unos márgenes de tiempo estrictos.

Sobre este vuelo

Iberia no operó este vuelo el 24 de octubre de 2026. Tus derechos dependen de cuándo te enteraste y de la alternativa que te propusieron.

Plazo para reclamar

Se pueden reclamar vuelos con una antigüedad máxima de 3 años. Comprobarlo no cuesta nada y lleva un par de minutos.

Reglas que se aplican a esta ruta

¿Con cuánta antelación te avisaron?

  • Con menos de 7 días: hay indemnización, salvo que el vuelo alternativo despegara como mucho 1 hora antes y aterrizara con menos de 2 horas de demora.
  • Entre 7 y 13 días antes: hay indemnización, salvo que el vuelo alternativo despegara como mucho 2 horas antes y aterrizara con menos de 4 horas de demora.
  • Con 14 días o más: no se debe nada.

¿Cuánto tarde llegaste?

  • Menos de 3 horas: sin pago en efectivo.

Obtenemos estos datos de las pantallas informativas de vuelos que cualquiera puede ver en los aeropuertos. Son orientativos y no equivalen a asesoramiento jurídico; si el problema escapaba a su control, la aerolínea puede negarse a responder.

Si no ganamos, no pagas nada

¿Tenías billete para este vuelo?

En dos minutos sabrás si esta aerolínea tiene que indemnizarte. Si no cobras, no pagas.

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