Vuelo suprimido
BA477 Barcelona – London, cancelado el 6 de octubre de 2026
El 6 de octubre de 2026 se suprimió el vuelo BA477 BCN–LHR. Según el EU261, la clave está en la antelación del aviso y en el vuelo alternativo que te dieron.
- Barcelona El Prat (BCN) → London – Heathrow Airport (LHR)
- Suprimido por la aerolínea
- Hasta 250 € por viajero
No llegó a operar
250 €
El máximo que prevé el EU261 si el aviso llegó con menos de 14 días y el vuelo alternativo se salió de los márgenes de tiempo.
¿Se puede reclamar por la cancelación del BA477?
El 6 de octubre de 2026, British Airways suprimió el vuelo BA477 entre Barcelona El Prat y London – Heathrow Airport. Según el Reglamento (CE) n.º 261/2004, los pasajeros pueden tener derecho a dinero si les avisaron con menos de dos semanas (14 días) y el vuelo que les ofrecieron no aterrizó cerca del horario previsto. Las pantallas del aeropuerto no muestran en qué fecha se informó a los viajeros. La ruta mide 1148 km, así que entra en la categoría de los vuelos de no más de 1500 km.
Datos del vuelo
Lo que mostraban las pantallas sobre este vuelo
Recogido en directo de las pantallas de ambos aeropuertos, tanto en salidas como en llegadas. Horas en UTC.
- Número de vuelo
- BA477
- Operado por
- British Airways
- Fecha del vuelo
- 6 de octubre de 2026
- Trayecto
- BCN → LHR
- Aeropuerto de salida
- Barcelona El Prat (BCN)
- Aeropuerto de llegada
- London – Heathrow Airport (LHR)
- Salida programada
- 11:05 UTC
- Resultado
- Cancelado
- Longitud del trayecto
- 1148 km
- Categoría por distancia
- máx. 1500 km
- Norma aplicable
- EU261
- Incidencias de British Airways en esta ruta
- Vuelos afectados registrados: 28
Derechos del pasajero
Tu reclamación por un vuelo cancelado
Qué dice la ley
Según el EU261, una cancelación avisada con menos de 14 días puede suponer de 250 € a 600 € por pasajero, salvo que la alternativa ofrecida cumpla unos márgenes de tiempo estrictos.
Sobre este vuelo
British Airways no operó este vuelo el 6 de octubre de 2026. Tus derechos dependen de cuándo te enteraste y de la alternativa que te propusieron.
Plazo para reclamar
Se pueden reclamar vuelos con una antigüedad máxima de 3 años. Comprobarlo no cuesta nada y lleva un par de minutos.
Reglas que se aplican a esta ruta
¿Con cuánta antelación te avisaron?
- Con menos de 7 días: hay indemnización, salvo que el vuelo alternativo despegara como mucho 1 hora antes y aterrizara con menos de 2 horas de demora.
- Entre 7 y 13 días antes: hay indemnización, salvo que el vuelo alternativo despegara como mucho 2 horas antes y aterrizara con menos de 4 horas de demora.
- Con 14 días o más: no se debe nada.
¿Cuánto tarde llegaste?
- Menos de 3 horas: sin pago en efectivo.
- Desde 3 horas: 250 € por persona.
Obtenemos estos datos de las pantallas informativas de vuelos que cualquiera puede ver en los aeropuertos. Son orientativos y no equivalen a asesoramiento jurídico; si el problema escapaba a su control, la aerolínea puede negarse a responder.
¿Tenías billete para este vuelo?
En dos minutos sabrás si esta aerolínea tiene que indemnizarte. Si no cobras, no pagas.
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